La Ley Orgánica 1/2025, introduce importantes novedades en el ámbito de la resolución de conflictos, promoviendo el uso de los Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias (MASC) como vía preferente para resolver disputas sin necesidad de acudir directamente a los tribunales. Estos mecanismos refuerzan el principio de desjudicialización y buscan una justicia más rápida, participativa y centrada en las necesidades de las personas.
1.- ¿Qué son los MASC?
Los MASC son métodos extrajudiciales que permiten resolver conflictos de forma voluntaria, pacífica y colaborativa, sin necesidad de un juicio. La nueva ley los reconoce formalmente y establece su fomento y regulación en diversos ámbitos del derecho, especialmente en el derecho civil y el derecho de familia.
La finalidad principal de los MASC es reducir la carga de trabajo de los juzgados, agilizar la resolución de conflictos, favorecer soluciones personalizadas y consensuada; y promover una cultura de paz, diálogo y corresponsabilidad.
2.- Tipos de MASC contemplados en la ley
La Ley Orgánica 1/2025 contempla varios tipos de MASC. Los más relevantes en el ámbito civil y familiar son:
a) Mediación
Un tercero neutral (el mediador) facilita la comunicación entre las partes para que lleguen a un acuerdo voluntario.
b) Conciliación
Se celebra ante un conciliador o ante un funcionario judicial, que ayuda a las partes a alcanzar un acuerdo. Puede tener efectos similares a una sentencia si se formaliza correctamente. Muy útil en conflictos familiares, separaciones, custodia, herencias, etc.
c) Negociación
Proceso no formalizado donde las partes intentan alcanzar un acuerdo directamente o con la ayuda de sus abogados, sin necesidad de intermediarios oficiales.
d) Oferta vinculante confidencial y opinión de persona experta independiente (aunque menos habitual en familia)
En estos casos se emite una resolución vinculante. Más frecuente en contratos civiles o mercantiles, pero en algunos casos también se aplica en relaciones civiles complejas.
3.- MASC en Derecho de Familia
En el ámbito familiar, los MASC cobran especial importancia por su capacidad para:
- Proteger el interés superior del menor.
- Evitar procesos contenciosos largos y dañinos.
- Fomentar la coparentalidad responsable.
- Resolver conflictos sobre custodia, visitas, pensiones, etc.
Según la Ley Orgánica 1/2025, se establece la obligación de intentar un MASC antes de presentar demanda, salvo excepciones (como urgencia, violencia o imposibilidad).
El intento de MASC debe acreditarse junto con la demanda mediante certificación, acta o documento acreditativo y dicho procedimiento de MASC no debe superar los 3 meses, salvo pacto entre las partes.
Por último, decir que, en caso de llegar a acuerdo, este puede elevarse a escritura pública o solicitar su homologación judicial, otorgándole fuerza ejecutiva.
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