Vamos a escenificar una situación muy curiosa y particular haciendo un ejercicio de imaginación y por supuesto con las contextualizaciones pertinentes.

 

Los artículos 153.1 y 153.2 del Código Penal detallan claramente los supuestos en que se incurre cuando se habla de violencia en el ámbito familiar, pero aquí queremos explicar una situación que si bien no es común, lamentablemente se ha materializado.

 

Con la bonanza económica y las posibilidades de ingresos más altos, es normal ver parejas que han contratado personas para las diferentes tareas del hogar, en muchos casos estas personas se hacen cargo de la habitual faena de la casa, del mantenimiento y limpieza, del cuidado de mascotas y por supuesto, si fuera el caso, del cuidado de los menores del matrimonio.

 

Pero de pronto la situación idílica hasta ese momento se empieza a transformar y se va deteriorando por razones varias.

 

Hasta que un día estalla y se produce un hecho totalmente lamentable, la dueña de casa le da un bofetón a la empleada doméstica en represalia por algún acto que, según su criterio, no está bien resuelto.

 

Estamos ante el supuesto de que no haya intercambio previo de reprobaciones o insultos o incluso de amenazas, es decir un acceso de furia que deriva en el mencionado bofetón.

 

Pues bien, este acto, reprobable, tiene un encuadre como delito de violencia en el ámbito familiar con su pena correspondiente.

 

Este caso es tipificado por la agresión a una persona integrada dentro del núcleo de su convivencia familiar por parte de los moradores.

 

Por consiguiente la definición de violencia doméstica en el ámbito familiar es la agresión física o psicológica dirigida a toda persona que conviva “bajo el mismo techo” teniendo claro que las faltas pasan a ser delitos e incluso nos permitimos hacer extensible esta figura a los delitos ocurridos a personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados.

 

En Viñas Molina abogados podemos explicarle detalladamente estos preceptos y orientarle en su proceso, su tranquilidad es nuestro cometido.