Divorciarse a pesar de no tener medios.
Cuando una pareja inicia un trámite de divorcio mediante litigio, se expone a una serie de gastos de abogados, procuradores, peritos etc. los cuales deben ser asumidos por uno de ellos en caso de que el otro carezca de bienes (decretado por el juez). La litis expensas están preceptuadas en el Art. 1318.3 C.C. y establece que "cuando un cónyuge carezca de bienes propios suficientes, los gastos necesarios causados en litigios que sostenga contra el otro cónyuge, sin mediar mala fe o temeridad, o contra tercero, si redundan en provecho de la familia, serán a cargo del caudal común, [...]