El Senado ha aprobado la tramitación de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para incorporar la maternidad y la paternidad entre las causas de suspensión de juicio oral.

La baja por maternidad o paternidad como causa de suspensión de una vista está prevista únicamente en los procesos civiles y no en los penales.

El origen de esta proposición está en varios casos de discriminación. Y, concretamente, al de una abogada de Girona que en 2016 solicitó la suspensión de un juicio oral sobre el procedimiento penal que se le asignó de turno de oficio, cuya fecha era una semana después de su fecha aproximada de parto. La solicitud le fue denegada porque no estaba contemplado por la ley como una causa de suspensión de juicio.