En una sentencia del Tribunal Supremo en la que la Sala Segunda absuelve a un joven de abusar sexualmente de su hermana menor, el Tribunal refuerza la protección del derecho recogido en el artículo 24 de la Constitución que prevé la posibilidad de que por razones de parentesco se pueda no declarar por hechos presuntamente delictivos.

En el caso de la hermana menor, el Tribunal rechazó que pudiera ejercer su derecho a no declarar contra el acusado porque, al contar con 10 años en la fecha de celebración del juicio, carecía de la madurez necesaria para comprender y valorar la significación de ese derecho. El tribunal declinó también recabar el parecer de los padres, por considerar que además de tener interés en amparar a su hija, lo tenían para prestar protección al hijo acusado. Añadió que el ejercicio de la dispensa conllevaría una sentencia absolutoria por inexistencia de otras pruebas de cargo.