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Noticias2019-04-08T16:55:27+00:00

Concepto: Impago de pensión de alimentos. Alzamiento de bienes

Incumplimiento de la obligación de abonar las pensiones por alimentos a su familia que se califica como una especie de violencia económica, que deja a los propios hijos en un estado de necesidad, debido a su corta edad, y a su carencia de autosuficiencia. STS nº 239/2021 Penal 17/03/2021

By |mayo 4th, 2021|Categories: Noticias|Tags: , , , |0 Comments

Concepto: Maltrato habitual de pareja

Se define de forma explícita, asentando jurisprudencia, el maltrato habitual de pareja en el hogar cómo la creación de un clima de insostenibilidad emocional en la familia mediante una violencia de dominación psicológica ejercida desde una violencia física, verbal e incluso sexual. STS nº 2/2021 Penal 13/01/2021

Las mascotas podrán estar sujetas a custodia compartida en caso de divorcio

El Congreso de los Diputados ha aprobado la admisión a trámite de una proposición de Ley destinada a modificar la consideración jurídica de los animales que valorará su bienestar antes de decidir quien se los queda.

Por ello, si se abandona o se maltrata a un animal doméstico podrá considerarse como delito. Además, cuando entre en vigor la reforma, el Juez deberá valorar el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal y podrá prever la repartición del tiempo de convivencia con cada miembro de la familia y las cargas económicas asociadas con sus atenciones.

By |abril 21st, 2021|Categories: Noticias|0 Comments

El impago de la pensión de alimentos a los hijos es considerada violencia económica

Dejar de pagar la pensión de alimentos a la que se está obligado por sentencia firme se considera violencia económica según la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de marzo.

En el caso que se enjuiciaba, el incumplimiento de la obligación de abonar las pensiones por alimentos a su familia se califica como una especie de violencia económica ya que deja a los propios hijos en un estado de necesidad, debido a su corta edad, y a su carencia de autosuficiencia. STS nº 239/2021 Penal 17/03/2021.

El Economista.

By |abril 16th, 2021|Categories: Noticias|0 Comments

Sancionado con 9.000 euros por publicar fotografías de un tercero sin su consentimiento

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 9.000 euros al responsable de una web por publicar allí material fotográfico y otros datos personales de una persona, sin su consentimiento.

A juicio de la AEPD y “de conformidad con las evidencias de las que se dispone”, se observa que los hechos conocidos son constitutivos de dos infracciones imputables al reclamado:

  • Por un lado, una infracción por vulneración del  6 del RGPD, por el tratamiento de sus datos de carácter personal sin su consentimiento;
  • Por otro lado, una segunda infracción por la vulneración del  13 del RGPD, por carecer la política de privacidad de la página web objeto de la presente reclamación, de los requisitos exigidos en cuanto al tratamiento de datos de carácter personal.

Economist & Jurist.

By |marzo 10th, 2021|Categories: Noticias|0 Comments
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