Después de una separación, la relación entre los hijos y sus progenitores no se limita únicamente a los días en los que corresponde estar con cada uno de ellos. Las llamadas telefónicas, videollamadas o incluso determinados mensajes pueden ser importantes para mantener el contacto durante los períodos en los que los menores se encuentran con el otro progenitor.

Sin embargo, es relativamente frecuente que aparezcan conflictos: llamadas que nunca se contestan, teléfonos bloqueados, horarios excesivamente restrictivos o progenitores que directamente impiden cualquier comunicación mientras los hijos están con ellos.

El derecho de los hijos a relacionarse con ambos progenitores

La separación de los padres no debería implicar que los hijos tengan que interrumpir completamente el contacto con uno de ellos durante los períodos de estancia con el otro.

En Catalunya, el Codi Civil establece que los progenitores deben facilitar la relación de los hijos con el otro progenitor y que el plan de parentalidad debe concretar, entre otras cuestiones, la forma en que se relacionarán con ellos durante los períodos en los que no los tengan consigo.

Esto adquiere especial importancia durante períodos largos, como las vacaciones de verano, Navidad o Semana Santa, en los que los menores pueden permanecer varios días o semanas seguidas con uno de sus progenitores.

Tampoco puede convertirse en una forma de control

Ahora bien, el derecho a mantener el contacto tampoco significa que el progenitor que no tiene en ese momento a los hijos pueda llamar constantemente, interferir en las actividades que están realizando o pretender controlar mediante llamadas y videollamadas todo lo que ocurre en el domicilio del otro.

Como sucede tantas veces en Derecho de Familia, debe existir un equilibrio. Las comunicaciones deben permitir mantener de forma natural la relación con los hijos sin perturbar su rutina ni el tiempo que pasan con el otro progenitor.

Por ello, es recomendable que el convenio regulador o el plan de parentalidad establezcan unas reglas suficientemente claras, especialmente cuando la comunicación entre los progenitores es conflictiva.

¿Qué puedo hacer si me impiden sistemáticamente hablar con mis hijos?

Una llamada que no se atiende de manera puntual no constituye necesariamente un incumplimiento. El problema aparece cuando existe una conducta reiterada dirigida a impedir o dificultar el contacto.

En estos casos será importante comprobar primero qué establece exactamente la sentencia o el convenio. Dependiendo de las circunstancias y de la gravedad y reiteración de la situación, puede ser necesario requerir al otro progenitor para que respete las comunicaciones establecidas y, si el problema persiste, valorar las medidas legales correspondientes.

Lo que debería evitarse, en cualquier caso, es involucrar a los propios hijos en el conflicto o pedirles que sean ellos quienes reclamen al otro progenitor que permita las llamadas.

En Viñas Advocats podemos revisar tu sentencia o convenio y asesorarte si existen dificultades para comunicarte con tus hijos o incumplimientos del régimen establecido, buscando una solución que proteja especialmente la relación de los menores con ambos progenitores.