Después de una separación o divorcio es habitual que alguno de los progenitores, o ambos, rehagan su vida e inicien una nueva relación de pareja. Cuando existen hijos menores, esta nueva situación puede generar dudas e incluso conflictos con el otro progenitor.
¿Puede mi expareja impedir que mi nueva pareja esté con mis hijos? ¿Puede recogerlos del colegio? ¿El hecho de comenzar una nueva convivencia puede afectar a la custodia?
Tener una nueva pareja no supone perder la custodia
Como punto de partida, iniciar una nueva relación sentimental forma parte de la vida personal de cada progenitor. El simple hecho de tener una nueva pareja o comenzar a convivir con ella no constituye por sí solo un motivo para modificar un régimen de guarda.
En las decisiones que afectan a los menores lo relevante será siempre su bienestar y su interés. Por ello, lo que deberá valorarse no es la existencia de una nueva relación sentimental, sino si se produce alguna circunstancia concreta que pueda afectar negativamente a los hijos.
Es también normal que la nueva pareja participe progresivamente en determinados aspectos de la convivencia cotidiana. Sin embargo, su presencia no sustituye las responsabilidades que corresponden a los progenitores ni le atribuye automáticamente facultades para adoptar decisiones importantes sobre los menores.
¿Puede mi nueva pareja recoger a los niños?
Esta es una consulta muy habitual. En principio, no debería existir ningún problema en que una persona de confianza del progenitor pueda colaborar en cuestiones cotidianas, como recoger a los menores del colegio, siempre que no exista alguna limitación establecida y se respeten las normas del propio centro.
Una cuestión diferente son las decisiones relevantes sobre educación, salud o residencia de los hijos. Estas continúan correspondiendo a quienes ejercen las responsabilidades parentales y no a las nuevas parejas.
Cuando la nueva relación genera conflicto
En algunas separaciones, la aparición de una nueva pareja se convierte en un nuevo foco de enfrentamiento. Es importante intentar que estos conflictos personales no se trasladen a los hijos.
No resulta beneficioso interrogarlos sobre lo que ocurre en el otro domicilio, realizar comentarios negativos sobre la nueva pareja delante de ellos o colocarlos en la situación de tener que escoger entre mostrar afecto hacia esa persona y ser leales al otro progenitor.
Solamente cuando existan circunstancias objetivas que puedan afectar al bienestar o seguridad de los menores será necesario valorar si deben adoptarse medidas.
Cada familia es diferente y la introducción de una nueva pareja en la vida de los hijos debe gestionarse atendiendo a su edad, necesidades y proceso de adaptación, procurando mantenerlos al margen de los conflictos entre adultos.
En Viñas Advocats podemos asesorarte si la aparición de una nueva pareja está generando conflictos relacionados con la guarda, las visitas o el ejercicio de las responsabilidades parentales, y valorar las soluciones más adecuadas para proteger el bienestar de los hijos.



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