La guarda y custodia compartida significa el establecimiento de una igual o similar implicación del padre y la madre en el cuidado y atención de los hijos tras la ruptura. Abarca múltiples formas de regulas las relaciones con los menores y los periodos de estancias y comunicación entre progenitores e hijos.

El sociólogo Rafael Alcázar Ruiz propone una escala de evaluación de la custodia compartida que resulta útil para facilitar el asesoramiento a los tribunales a la hora de tomar decisiones en casos de custodia compartida. Se han tenido en cuenta una serie de valores, que son:

  • Corresponsabilidad y predisposición para el diálogo constructivo.
  • Modelo educativo común.
  • Valoración del conflicto.
  • Implicación en la crianza y educación de los hijos.
  • Proximidad de los domicilios.
  • Medios materiales suficientes.
  • Edad de los hijos.
  • Voluntad de los menores.
  • Figuras de apego.
  • Disponibilidad de tiempo y conciliación de la vida familiar y laboral.
  • Plan de atención al menor viable.

En base a estos preceptos se podrá evaluar a cada familia en concreto para decidir si el régimen de guarda y custodia compartida es beneficioso para ellos.

No obstante, hay también una serie de factores que resultan incompatibles con el ejercicio de una guarda y custodia compartida. Dichos factores son los siguientes:

  • Progenitor abusivo o negligente.
  • Consumo de drogas no tratado o con tratamiento de desintoxicación inconcluso.
  • Problemas de salud mental o física que afecten a la capacidad para atender las necesidades de los hijos.
  • Violencia familiar en cualquiera de sus manifestaciones.
  • Alto conflicto parental.
  • Ausencia de comunicación entre los progenitores con críticas constantes. Comunicación a través de los hijos.
  • Estilos educativos divergentes y cuestionamiento mutuo de las figuras de autoridad.
  • Distancia física entre los hogares.
  • Características especiales de los menores como problemas emocionales, físicos o de conducta graves.

En base a estos pros y contras, se valorará cada situación familiar concreta para tener en cuenta si el régimen de guarda y custodia compartida es el más beneficioso para los hijos y cómo llevarla a cabo.