Los Tribunales ya han utilizado emoticonos, perfiles en redes sociales y emojis como prueba determinante en dictámenes judiciales. La sentencia de la Audiencia Provincial de Baleares en 2018 dictaminó en el caso que enjuiciaba que estos recursos digitales eran suficientemente elocuentes e ilustrativos para afirmar que “iban directamente dirigidos a atemorizar a la denunciante”.

Algunos juristas declaran que “la falta de contenido definido y claro del término emoticono, así como la interpretación no uniforme sobre el significado de muchos de ellos pueden ser buenos argumentos para cuestionar el valor inculpatorio de estos recursos”.

No obstante, deberemos atender en cada caso los emojis a los que aludimos, probar el origen del mensaje y las diferentes interpretaciones que pueda tener.