En una sociedad tan cambiante como la nuestra, donde los efectos sociales siempre van por delante de la reacción de las instituciones, hay una figura que genera algún estado de vacío jurídico en las cuales hay que tener especial cuidado a la hora de planteamientos de reclamo o de compensación, nos referimos a las parejas de hecho.

 

Para empezar, la jurisprudencia viene estableciendo con rotundidad que la unión de hecho no es equivalente al matrimonio por lo cual no puede ser aplicada la normativa reguladora del mismo ya que precisamente las uniones de hecho surgen para no ser encuadrados en ese marco normativo.

 

Esta apreciación varía con pequeños matices en las diferentes comunidades y es por esto que si tratamos de establecer una cierta similitud entre parejas de hecho y matrimonio es en Cataluña y Navarra donde hay más puntos de encuentro que en otras comunidades.

 

Para constituirse en pareja de hecho es necesario que concurra la situación de que no estuvieran impedidos de contraer “matrimonio” ni tener vínculo matrimonial con otra persona.

 

Básicamente las limitaciones de pareja de hecho pueden afectar de manera diferente a los efectos de:

 

Pensiones de Viudedad: tiene derecho a percibirlo el sobreviviente siempre que esté inscrito en los registros habilitados en Ayuntamientos o Comunidades Autónomas o formalización de documento público con un mínimo de 2 años a la fecha del fallecimiento. Además de acreditar una convivencia estable y notoria con una duración ininterrumpida no inferior a 5 años. Requisito expreso de la Seguridad Social.

 

Asistencia Sanitaria: a diferencia de los matrimonios que es de manera inmediata hay que acreditar un año de convivencia.

 

Herencia: este es uno de los puntos más delicados ya que hay diversidad de casos donde hay pequeños matices y variables que hacen a los ajustes en las sentencias. Todo esto puede quedar salvado si hay un testamento de por medio.

 

Si entramos en materia de adopciones o hijos, fruto de una relación de este tipo, el espectro que se abre ante posibles discrepancias o disoluciones de la convivencia hacen que sea necesario un exhaustivo estudio de cada caso particular para defender los intereses del cliente.

 

Ponerse en manos de un especialista en la materia nos dará las garantías necesarias para afrontar estas situaciones. Desde Viñas Abogados le daremos la cobertura adecuada a su caso.