¿Donación en vida o por herencia?

En Catalunya, las donaciones entre familiares directos como las que se hacen entre padres e hijos y cónyuge o pareja, abuelos y nietos tienen un tratamiento fiscal favorable. Existen tres tipos fijos: Del 5% por los primeros 200.000€ donados. El 7% hasta los 600.000€ siguientes donados. Finaliza con el 9%. Por tanto, por mucho que se done en vida, el máximo que se pagará de impuesto será del 9% del valor donado. En cuanto al impuesto de sucesiones, se prevé un primer tipo impositivo del 7% y un máximo del 32%. No obstante, a pesar de esta diferencia entre ambos [...]